Vivienda
El articulo 4to Constitucional establece “toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo”.
Por otra parte el articulo 2do Constitucional, establece como un deber de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios “Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres ordenes de gobierno, con la participación de las comunidades. Las autoridades municipales determinaran equitativamente las asignaciones presupuestales que las comunidades administraran directamente para fines específicos”.
Sin embargo, a pesar de estar estipulado en la Constitución y en Tratados Internacionales, gran parte de la población indígena de las zonas rurales y urbanas vive en condiciones precarias lo que les imposibilita tener una vivienda digna.
Algunos de los factores son:
- Viviendas construidas con materiales inadecuados (piso de tierra, muros de material de desecho, lámina de cartón, embarro y bajareque, lamina de asbesto y metálica, carrizo, bambú y palma.
- Falta de acceso a infraestructura social básica (sanitario, agua potable, electricidad o drenaje).
- Bajos ingresos, la escases de sus ingresos económicos no permiten que puedan ahorrar lo suficiente para adquirir una vivienda o hacer mejoras a su casa. Destinan la mayor parte de sus ingresos a sus necesidades básicas (alimentación, vestido, salud, limpieza, cuidado personal y educación básica).
- Baja accesibilidad a financiamientos habitacionales para la población en situación de pobreza. Debido a los empleos informales, los intereses elevados, la falta de acceso a créditos como prestación laboral.
Objetivo
Mejorar la calidad de vida de las comunidades indígenas a través del mejoramiento de su vivienda y el acceso a servicios básicos, de personas indígenas en situación de vulnerabilidad, a través de la gestión de Vivienda en diferentes Instituciones públicas y privadas.
Acciones
Año |
2009 |
2011 |
2013 |
Acciones de vivienda | 75 | 39 | 100 |
Comunidades |
San Andrés Daboxtha, Cardonal; Panales, Ixmiquilpan y Hermosillo, Santiago de Anaya, en el Estado de Hidalgo. |
San Nicolás, Tenango de Doria.
Copaltitla, Huazalingo. Tlalchiyahualica, Yahualica. Estado de Hidalgo. |
Huazalingo:
San Juan y Santo Tomas. Yahualica: Santa Teresa, Tepetitla, Yahualica, Mecatlan y Xoxolpan. Cardonal: Santa Teresa Daboxtha, San Andrés Daboxtha y La Florida. Santiago de Anaya: Hermosillo. Ixmiquilpan: Botenguedho y Maguey Blanco. |
Monto por acción | $33,500.00 | $54,500.00 | $53,000.00 |
Características | 30 m2 (Cocina, 2 Recamaras y Baño). | 35 m2 (Cocina, 2 Recamaras y Baño). | 35 m2 (Cocina, 2 Recamaras y Baño). |
Asistencia técnica | No | No | Si |
Una vivienda es más que un número
Es una familia con una mejor calidad de vida. Te invitamos a conocer el seguimiento de los subsidios de vivienda del año 2013 – 2014.
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